TÍTULO XI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS

PRIMERA.-  ACTUALIZACIÓN DEL ESTATUTO. 

Los órganos electos para el periodo 2014-2015, mantendrán sus mandatos en los términos y plazos que se señalan en los artículos 39 y 55 del Estatuto aprobado por la Asamblea General Extraordinaria de Asociados del 27.11.94, en tanto, sus modificaciones empezarán a regir a partir de le elección del Consejo Directivo 2016-2018. (Para publicarse en la presentación del Proyecto de Actualización del Estatuto).

SEGUNDA.- FACULTADES PARA ADECUAR LA ASAMBLEA ELECTORAL

Se delega al Consejo Directivo, la facultad de realizar la Asamblea Electoral haciendo uso de los nuevos medios tecnológicos, y cumpliendo las normas legales que regulen su aplicación;  para facilitar al Asociado su participación en las futuras elecciones del Consejo Directivo, de la Junta Calificadora y de Disciplina, de la Junta Contralora y otros órganos de la Asociación.   

TERCERA:   CUOTA ORDINARIA MENSUAL, CUOTA DE INGRESO Y CUOTAS EXTRAORDINARIAS.

La cuota ordinaria mensual,  cuota de ingreso y las cuotas extraordinarias serán aprobadas en Asamblea General  de Asociados

CUARTA:   VIGENCIA LEGAL DEL NUEVO ESTATUTO

El Consejo Directivo debe presentar a los Registros Públicos el presente Estatuto para su inscripción dentro de los sesenta (60) días siguientes a la fecha de su aprobación  por  la Asamblea  General  Extraordinaria  de Asociados,  bajo  responsabilidad, delegando al Presidente de la Asociación o quien lo reemplace la firma de la escritura pública respectiva. El presente Estatuto no tiene carácter retroactivo y deja sin efecto todas aquellas disposiciones y acuerdos de los órganos directivos de la Asociación que se le opongan.
Referente a su aplicación, entrará en vigencia una vez aprobado en los registros públicos.

QUINTA:   APROBACIÓN DE REGLAMENTOS

Se delega facultades al próximo Consejo Directivo para la elaboración y aprobación del Reglamento General, acorde con el  nuevo estatuto, antes que termine su mandato en el 2015, los mismos que entrarán en vigencia a partir de enero del 2016.         

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